martes, 11 de noviembre de 2014

CONSTITUCIONES

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1. El Estatuto de Bayona de 1808
2. La Constitución de Cádiz de 1812  (Vigencia: desde 1812 hasta 1814; desde 1820 hasta 1823 y desde 1836 hasta 1837)
3. El Estatuto Real de 1834
4. La Constitución de 1837  (Vigencia: desde1837 hasta 1845)
5. La Constitución de 1845  (Vigencia: desde 1845 hasta 1868 )
6. La Constitución Nonata de 1856
7. La Constitución de 1869 (Vigencia: desde 1869 hasta 1873)
8. La Constitución de 1873 . La Primera República (no promulgada)
9. La Constitución de 1876. La Restauración  (Vigencia: desde 1876 hasta 1923)
10. La Constitución de 1931. La Segunda República Española  (Vigencia: desde 1931 hasta 1939)
11. La Constitución de 1978 (vigente)


Fuente: http://historiasegundobachilleratoandalucia.blogspot.com.es
 

EXÁMENES DE SELECTIVIDAD 2001-2002/2013-2014



Junio
Septiembre
Conjuntos de pruebas
2013-2014
2012-2013
2011-2012
2010-2011
2009-2010
2008-2009
2007-2008
2006-2007

2005-2006


2004-2005


2003-2004


2002-2003


2001-2002


 

jueves, 6 de noviembre de 2014

TEXTOS TRANSICIÓN


EL FINAL DE LA DICTADURA.

El último año de la dictadura [ ... ] fue convulso. El sistema residía dando manotazos a diestro y siniestro. La oposición democrática unida le disputaba al régimen sus plataformas internacionales; las universidades fueron cerradas; Hassan II de Marruecos iniciaba su exitosa ofensiva sobre el Sahara español; el Ejército y la sociedad sufrían el impacto de las primeras detenciones de un grupo de oficiales democráticos, la UMD; se declaraba el estado de excepción en Gui­púzcoa y Vizcaya; no había una semana sin una publicación sancionada o clausurada; los conflictos con la Iglesia bordeaban la crisis de Estado, y ante la radicalización de algunos grupos políticos que se inclinaban hacia el terrorismo indiscriminado  ETA y FRAP  el sistema respondía a la brava, con procesos políticos que terminarían con el fusilamiento de cinco militantes. Por si esto fuera poco habían de pasar dos crisis gubernamentales provocadas por la dimisión del mi­nistro de Trabajo, Licinio de la Fuente, y por la muerte en accidente de Herrero de Tejedor, ministro secretario del Movimiento Nacional.

Morán, Gregorio (1991): El precio de la transición, Barcelona, Planeta, p. 44.




SOBRE EL PARTIDO COMUNISTA

    El espíritu de la izquierda antes de iniciarse la agonía del dictador estaba impregnado de entusiasmo. El PCE, la máxima fuerza organizada de la clandestinidad, imprimía carácter e influía de manera importante en el conjunto de la oposición. Santiago Carrillo, su secretario general, se había consagrado como la figura política más brillante y con más prometedor futuro de los enemigos del régimen [ ... ] había preparado al partido para los momentos que se avecinaban. Un ejército no muy numeroso, como es lógico en condiciones de ilegalidad, pero activísimo y prestigioso. El PCE había celebrado uno a modo de congreso  su II Conferencia  en el norte de Francia, durante el verano de 1975, en el que se habían concretado las necesidades [ ... ] Se incorporaron a la dirección  figuras procedentes del izquierdismo catalanista como Jordi Solé Tura, [...] y católicos militantes como Alfonso Carlos Comín. Ambos pertenecientes al grupo de amplio espectro y escasa militancia denominado «Bandera Roja». También se captaron [...] personalidades como Ramón Tamames [ ... ]
Las dos principales tareas encomendadas al movimiento obrero para el momento en que la crisis de la dictadura tocara fondo consistían en «ocupar los sindicatos verticales» y «asaltar las cárceles para liberar a los presos políticos».

      Morán, Gregorio (1991): El precio de la transición, Barcelona, Planeta, p. 59.





LA ACTITUD DE ARIAS NAVARRO

(11 de febrero de 1976) Recoge unas palabras de Carlos Arias en una reunión mixta Consejo Nacional y Gobierno.

 Pues bien; sí. Es cierto. Yo lo que deseo es continuar el franquismo. Y mientras esté aquí o actúe en la vida pública no seré sino un estricto continuador del franquismo en todos sus aspectos y lucharé contra los enemigos de España que han empezado a asomar su cabeza y son una minoría agazapada y clandestina en el país [ ... ]

Fue algo alucinante. ¿Qué teme este hombre? ¿A quién teme? ¿Qué secretos hay aquí que condicionan al presidente y le convierten de golpe en errático, inseguro y cambiante? ¿Le queda ancho el traje? ¿Existe contra él una acusación que ignoramos? ¿Los militares «ultras» lo amenazan? ¿Tiene miedo a Girón, a Miguel Primo y a Fueyo?. Mal empieza la reforma. 0 acabamos en golpe de Estado de la derecha. O la marea revolucionaria acaba con todo.

(1 de julio, jueves, de 1976) Cese de Carlos Arias Navarro.

[ ... ] Su talla de gobernante era cuestionable; su autoridad nula. No conocía a fondo los problemas políticos, económicos ni sociales del país. Su experiencia era esencialmente policíaca y represiva. Su pasión, los servicios secretos. Su camarilla era de escaso relieve y de ninguna proyección en la vida nacional. En materia internacional, su indiferencia y desconocimiento rayaban en lo extremo [ ... ]

Areilza, J.M. de (1977): Diario de un ministro de la monarquía. Barcelona, Planeta, p. 124 y 216.








EL INMOVILISMO
La resistencia del «búnker» a toda reforma política, por tímida que fuese, fue evidente a todo lo largo de 1976 y 1977. Arias creyó conveniente evitar una confrontación directa con el franquismo más ortodoxo. Prefirió asegurarse su neutralidad mediante una política de conciliación y concesiones. El resultado fue el que cabía esperar y el que muchos anticiparon: la reforma Arias resultó inaceptable para la oposición democrática y no llegó a ser mínimamente satisfactoria para el «búnker» [ ... ] Cogido entre la ofensiva del «búnker» y el rechazo de la oposición, Arias acabó vencido por sus dudas, sus ambigüedades y su suspicacia. Era demasiado leal al pasado franquista y al recuerdo de Franco como para realizar la reforma que, a largo plazo, acabaría con el franquismo. Desconfiaba de sus ministros. Acabó por distanciarse del propio Rey [ ... ] El balance del gobierno Arias era negativo. La «descomposición del franquismo» [ ... ], a lo largo de los seis meses transcurridos desde la muerte era evidente [ ... ] Pero constitucionalmente, se había avanzado muy poco. Continuaban las Cortes de 1971. El Movimiento seguía en pie, al igual que los Sindicatos oficiales. Los Consejos de Estado y del Reino seguían siendo inexpugnables reductos franquistas. La reforma constitucional parecía estancada desde el 9 de junio. El camino de realizarla a través de las Cortes parecía cerrado.

Carr, R. y Fusi, J.P., (1979): España, de la dictadura a la democracia, Barcelona, Planeta, p. 272 y 280.




EL PRIMER GOBIERNO SUÁREZ


Contra todo lo previsto y anticipado, el Rey designó como nuevo jefe del Gobierno no a Areilza, sino a Adolfo Suárez [... ] El nombramiento de Suárez supuso, así, una gran sorpresa y una gran decepción [ ... ]
Y sin embargo, Suárez era, por su juventud, disponibilidad y ambición, el hombre que el hábil e inteligente Fernández Miranda pensó que respondía mejor al perfil del político que el Rey quería poner al frente de su Gobierno para impulsar la reforma[ ... ] Once meses después de su nombramiento, Adolfo Suárez convocaba las primeras elecciones libres celebradas en España desde 1936; el Parlamento así elegido elaboró y aprobó, ya en 1978, una Constitución plenamente democrática [ ... ]
El dinamismo y la determinación del Gobierno  más la gran capacidad de seducción personal que Adolfo Suárez resultó poseer y acertó a desplegar  cambiaron en muy poco tiempo el clima político del país [ ... ] El 8 de diciembre [1976] se reunió con todos los altos jefes militares del país para explicarles la reforma y solicitar su apoyo por razones patrióticas. El Ejército, por lealtad al Rey, dio luz verde al proceso [ ... ]
El proceso de reforma hacia la democracia distó mucho de ser un proceso lineal y fácil. Existieron desde luego graves factores de desestabilización [ ... ] En el País Vasco, donde la herencia del franquismo había sido particularmente negativa y difícil, la demanda de amnistía (unos 400 presos vascos a la muerte de Franco; 150 en noviembre de 1976, después de la amnistía de Suárez) se convirtió en un problema político y social de gran magnitud que, en momentos, amenazó todo el proceso democrático [ ... ]
El terrorismo de ETA, que pareció remitir durante la primavera y verano de 1976 [...] reapareció en otoño [...] En Cataluña no hubo violencia, pero el sentimiento nacionalista era igualmente amplísimo [ ... ]
Suárez hubo de mantener, además, un sutil y decisivo pulso político con la oposición democrática [ ... ] que exigía un programa prácticamente inaceptable para Suárez, pues incluía la formación inmediata de un Gobierno democrático, la derogación fulminante de toda la legislación franquista y apertura de un proceso constituyente [ ... ] La “ruptura” la aspiración histórica de la oposición a lo largo de numerosos años de resistencia antifranquista, quedaba descartada [ ... ]
Las dudas que pudieran quedar se disiparon con el referéndum del 15 de diciembre de 1976. El electorado aprobó mayoritariamente la Ley para la Reforma Política.

Fusi Aizpúrua, Juan Pablo (1995): «La reforma Suárez», Memoria de la Transición, Madrid, El País, p. 109 111.



VALORACIÓN SOBRE LA CONSTITUCIÓN DEL 78

La Constitución española de 1978 [ ... ] tiene como principios fundamentales que la forman el Estado social y democrático de Derecho, la Monarquía parlamen­taria y el Estado autonómico.
Reconoce ampliamente y ampara las libertades fundamentales, fija la mayo­ría de edad a los dieciocho años, abole la pena de muerte, no reconoce ninguna religión estatal, aunque tiene en cuenta el peso de la religión católica en España y, junto a los derechos políticos más tradicionales, incorpora un catálogo de dere­chos sociales, que suponen una apuesta por el Estado del bienestar
[ ... ] se garan­tiza la propiedad privada y se acepta el mercado como el regulador principal de la vida económica [ ... ]
La Constitución contempla la clásica división de poderes. Reconoce en las Cortes, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado, el órgano supre­mo de la soberanía popular y la manifestación del poder legislativo. La actividad del Parlamento se desarrolla básicamente en tres frentes: ejerce la potestad legis­lativa del Estado [ ... ] y la iniciativa legislativa proponiendo proyectos de ley, aprueba los presupuestos del Estado y controla la política del Gobierno.
El Gobierno ostenta el poder ejecutivo, dirige las administraciones civil y mili­tar y conduce la política Interior y exterior   [ ... ]
El Rey es el Jefe del Estado y tiene como misión destacada ejercer la función de arbitro entre los distintos poderes.
Abandonando el anterior centralismo, se configura el Estado de las Autono­mías, estableciendo los distintos procedimientos para su conformación y una escala de competencias para ser asumidas en cada caso. La generalización del sistema autonómico ha dado lugar a la creación de diecisiete Comunidades Autó­nomas.

REDERO SAN ROMÁN, M. (1994): La Transición española. Cuadernos del Mundo Contemporáneo, núm. 72 p. 26.



SOBRE EL MODELO AUTONÓMICO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978

El regionalismo español, que en la mayoría de las regiones y provincias no tuvo traducción política significativa hasta prácticamente los años 1975 80, era un regionalismo integrado, un sentimiento de identidad local casi natural y espontáneo, perfectamente compatible con la extensión de los sentimientos nacionales de españolidad comunes al país. La aparición de movimientos nacionalistas en Cataluña y País Vasco, primero y en Galicia, después, fue por eso, un hecho histórico distinto [ ... ]
El fundamento último de los nacionalismos catalán, vasco y gallego fue la existencia en aquellos territorios de elementos lingüísticos, históricos, culturales, etnográficos e institucionales particulares.
[ ... ] la nueva Constitución democrática española, de 6 de diciembre de 1978, creó lo que pronto vino a denominarse como el Estado de la Autonomías: entre ese año y 1983 se constituyeron un total de diecisiete comunidades autónomas [...]
La Constitución de 1978 quiso Integrar tres realidades: España, la nación española, las nacionalidades, territorios que veían su pasado y su cultura como constitutivos de una identidad nacional propia; las regiones, entidades territoriales supraprovinciales dotadas igualmente, de un pasado y de una personalidad singulares. La historia parecía avalar todas y cada una de esas realidades: de ahí las numerosas alusiones históricas que aquella Constitución contenía.

Fusi Aizpurúa, J.P. (1992): “De las aspiraciones históricas al Estado de las Autonomías”. Historia 16. núm. 200, p. 26-31.


LA CRISIS ECONÓMICA Y LA TRANSICIÓN

A comienzos de 1979 la economía española se encontraba en un compás de espera [ ... ] Sin embargo, las cosas cambian radicalmente en el curso de 1979: la segunda crisis del petróleo [ ... ] El nuevo encarecimiento de la energía provocó en los países importadores, como España, unos efectos similares, en cuanto a su planteamiento general, a los descritos en el episodio de 1974
[ ... ] El shock petrolífero dejó al descubierto que muchos sectores, particularmente industriales, no podrían ser competitivos sin una profunda transformación que modificase sus procesos o reorientase sus producciones, para acomodarse a las nuevas condiciones de los mercados internacionales.
[ ... ] Precisamente porque en esta etapa que va de 1979 a 1982 la crisis se encuentra en su estado más puro, podemos localizar en ello los elementos que mejor la definen. La crisis es esencialmente una crisis industrial y por eso las reducidas tasas de expansión de la renta se corresponden perfectamente con un estancamiento de la producción industrial. En cambio, el sector servicios mantiene una modesta pero continua progresión [ ... ] El peso del sector primario es tan reducido, en todo caso, que ni siquiera cuando sus tasas de crecimiento o contracción rondan un espectacular 10 por 100, como en 1980 y 1981, respectivamente, se altera gran cosa la senda de la evolución de la renta.

Serrano Sanz, ].M. (1994): «Crisis económica y transición política», Ayer, núm. 15, p. 152 156.



EL EJÉRCITO EN LA TRANSICIÓN

La reforma que impulsó Gutiérrez Mellado era amplia, generosa, estaba diseñada a largo plazo e iba al fondo de los problemas seculares de nuestras Fuerza Armadas. Suponía el rejuvenecimiento de los cuadros de mando, la reducción de plantillas, la subida de sueldos, la reorganización del despliegue, la renovación del armamento y del material, etc. Era una reforma de corte profesional [ ... ]
El eje de la reforma estribaba en la retirada total de los militares de la admi­nistración del Estado, de las administraciones locales, de la actividad empresarial o profesional y, por supuesto, de la política, para dedicarse exclusivamente a la vida militar[ ... ]
Las grandes dificultades, especialmente el terrorismo que asesinó a altos mandos militares para provocar la intervención del Ejército, unidas a algunos errores que cometió en materias tan delicadas como los ascensos a generalato o a la comunicación con sus subordinados, fueron aprovechadas para forzar la salida de Gutiérrez Mellado [ ... ]
Fue Alberto Oliart, ministro de Defensa con Calvo Sotelo, a partir del 23 de febrero de 1981, quien aportó a la reforma militar la base material de la que carecía, haciendo aprobar con el consenso de todas las fuerzas políticas la Ley de Dotaciones Presupuestarias para las Fuerzas Armadas, que garantizaba un crecimiento en términos reales de la parte del presupuesto de Defensa dedicada a gastos en armamento y material para el resto de la década. Esta ley ha sido desde entonces el verdadero motor de la reforma, unida a la entrada de España en la OTAN, que ha proporcionado a las Fuerzas Armadas españolas el entorno internacional adecuado para servir de horizonte al proceso de modernización en marcha.

Rodrigo, F.(1985): «Las Fuerzas Armadas y la transición», Revista de Occidente, núm. 54, p. 63 65


LA TRAMA DEL 23-F

El malestar de los cuarteles hizo nacer, en 1978, la primera conspiración importante. El general Torres Rojas, Jefe de la División Acorazada, comunicó a sus oficiales que la unidad vengaría cualquier asesinato de sus hombres y encabezó los preparativos de un golpe destinado a llevar al poder al general Vega Rodríguez. La situación acabó filtrándose a la prensa y, en enero de 1980, [ ... ] Tejero, que en junio de 1980, aceptó la sugerencia de un ayudante del general Milans del Bosch para preparar la ocupación del Congreso de los Diputados [ ... ] reflexionaba sobre el pronunciamiento de Primo de Rivera [ ... ]
Con referencias menos históricas, el coronel San Martín, Jefe del estado mayor de la División Acorazada, creía más útiles los procedimientos del general Kenan Evren [ ... ]
Por su parte, una dilatada permanencia en la Casa Real y el conocimiento personal de muchos políticos marcaban las reflexiones del general de división Alfonso Armada, [...] Para él, el sistema político español precisaba renovarse, como sucedió con la decrépita democracia de la IV República francesa También España necesitaba un De Gaulle.
[ ... ] Cuando dimitió Suárez como presidente del Gobierno y de la UCD, muchos ultras lo interpretaron como el final del sistema democrático. Según ellos, se había producido un vacío de poder que debía llenar la Corona [ .. ]
La reunión del Gobierno y de los diputados en el palacio del Congreso era la ocasión esperada por los golpistas, que decidieron llevar a cabo su operación el día 23 de febrero.

Cardona, G. (1995): «La España del 23 F», Cuadernos del Mundo Actual, núm. 83, p. 10   14.




EL TERRORISMO


El terrorismo ha sido, en muchos momentos de este decisivo lustro [1975-­1980], el principal problema que España ha tenido que afrontar. En muchas ocasiones ha sido la preocupación más agobiante para nuestros gobernantes. Ha ocupado demasiadas veces los titulares más destacados de nuestros medios informativos. Y ha sido, desde que alborea aquí la democracia, el arma y el pretexto predilectos de los que han intentado el fracaso de este enésimo intento de convivencia pluralista en libertad.
Los últimos años del franquismo están ya marcados por la presencia del terrorismo y, en concreto, por el terrorismo de ETA. La organización vasca [ ... ] ha optado por la «lucha armada». ETA publica en junio de 1964 un folleto que lleva como título La Insurrección en Euskadi [ ... ] Siguiendo las ideas expuestas por Federico Krutwig en Vasconia [ ... ] ETA adopta una línea «tercermundista» que tiene como eje una «guerra revolucionaria» entendida como «un conjunto de acciones de toda naturaleza (políticas, sociales, económicas, psicológicas, armadas, etc.) que tiende al derrocamiento del poder.
[ ... ]
El terrorismo en España, por otra parte, no se limita a ETA [ ... ] en 1974 se proclama el FRAP (Frente Revolucionario Antifascista Patriótico) en el que se integran varios grupos marxistas leninistas [ ... ] sus acciones no son cuidadosamente preparadas ni están relacionadas con determinados elementos de las FOP, sino que van dirigidas contra cualquier persona uniformada [ ... ]
Los Grupos de Resistencia Antifascistas Primero de Octubre o GRAPO [I de octubre de 1975] se convirtieron en uno de los más extraños enigmas de la España democrática. Sus atentados siempre coincidieron [ ... ] con momentos de progreso en la vía de la democratización
 [ ... ] La policía, por otra parte, anunció varías veces la total desarticulación del GRAPO, pero una y otra vez renacía de sus cenizas.

Muñoz Alonso, Alejandro (1982): El terrorismo en España, Barcelona, Planeta, p. 9, 14, 34, 65.



martes, 4 de noviembre de 2014

TEXTOS FRANQUISMO




 
LA NUEVA ESPAÑA DEL GENERAL FRANCO

«(...) Queremos una España fraternal, una España laboriosa y trabajadora, donde los parásitos no encuentren acomodo. Una España sin cadenas ni tiranías judaicas, una nación sin marxismo ni comunismo destructores, un Estado para el pueblo, no un pueblo para el Estado. Una España sin bandos políticos en constante guerra, sin preponderancias parlamentarias ni asambleas irresponsables. Queremos una España grande, fuerte y unida, con autoridad, con dirección y con orden».

Franco, en la Introducción a los 26 puntos de la Revolución Nacional, 1939






DISCURSO DE FRANCO TRAS EL DESFILE DE LA VICTORIA.
«Terminó el frente de la guerra, pero sigue la lucha en otro campo. La victoria se malograría si no continuásemos con la tensión y la inquietud de los días heroicos, si dejásemos en libertad de acción a los eternos disidentes, a los rencorosos, a los egoístas, a los defensores de una economía liberal que facilitaba la explotación de los débiles por los mejor dotados. No nos hagamos ilusiones, el capitalismo judaico que permitía la alianza del gran capital con el marxismo, que sabe tanto de pactos con la revolución antiespañola, no se extir­pa en un día y aletea en el fondo de muchas con­ciencias.
Hacemos una España para todos: vengan a nuestro campo los que arrepentidos de corazón quieran colaborar a su grandeza, pero si ayer pecaron, no esperen les demos el espaldarazo mientras no se hayan redimido con sus obras...»
(Madrid, 19 de mayo de 1939).  


IMPERIO Y RELIGIÓN

«La grandeza y la decadencia de España coincide siempre con la unión o el divorcio de lo espiritual y lo nacional.
Así, la unidad nacional que forjan nuestros Reyes Católicos va estrechamente unida a la unidad espiritual y a la expansión de nuestra fe, y al lado de las banderas de nuestros capitanes marcha inseparable la Cruz del Evangelio. Cuando, en cambio, nuestros valores espirituales sufren la enorme crisis de fines del siglo XVIII, con su invasión enciclopédica y sus logias masónicas, se resquebraja nuestra unidad y perdemos nuestro Imperio.
Y es que España es la nación predilecta de Dios; sus grandes servicios a la Iglesia, por ningún pueblo igualado, no podían quedar sin recompensa; por ello, en medio de sus grandes crisis, no le faltó jamás su poderosa ayuda...»
Discurso de Franco, 1942
  


UNA INTERPRETACIÓN DEL ALZAMIENTO NACIONAL

«El 18 de julio no fue un Movimiento contra el marxismo o contra el capitalismo, contra la insolencia de los partidos o contra los separatistas. Fue un Movimiento por una idea mucho más amplia, que englobaba dentro de sí estas cosas, pero que englobaba también otras muchas, quizá solamente presentidas.

Fue el estallido de una España que venía siendo escarnecida, traicionada y envilecida, para surgir en forma de vida nueva, total y entera. Por eso, desde ese día, pudimos asistir todos a un interesante espectáculo. Los partidos de izquierdas que se situaron enfrente, perdieron su fisonomía propia, dejaron de ser quienes eran en cuanto defendían, dada una posición especial en el marco artificial de la política española, y se convirtieron todos ellos en los rojos. Esto es, los que oponían una idea total de negación a la idea total de liberación española que implicaba el Alzamiento Nacional. Y los partidos de derecha, que incluían cada uno en su programa parte de los principios que informaron el Movimiento, desaparecieron también como por encanto, y en su lugar apareció, cobrando instantáneamente gigantesco vigor, la única fuerza que hasta entonces había venido manteniéndose alejada de las contiendas políticas, la única fuerza que en lugar de ofrecer, como las demás, soluciones concretas, esporádicas y desconectadas, traía como razón de su Movimiento la realidad exacta y entrañable de una actitud total ante la vida y la Historia: la Falange Española Tradicionalista y de las JONS.»

José Luis ARRESE (Ministro Secretaría General del Movimiento), discurso pronunciado el 18 de julio de 1941.




CRUCE DE TELEGRAMAS ENTRE EL PAPA Y FRANCO

            Su Santidad el Papa Pío XII ha dirigido al Generalísimo Franco el siguiente telegrama:

            “Levantando nuestro corazón al Señor, agradecemos sinceramente, con V.E. deseada victoria católica España. Hacemos votos para que este queridísimo país, alcanzada la paz, emprenda con nuevo vigor sus antiguas y cristianas tradiciones, que tan grande le hicieron. Largos sentimientos efusivamente enviamos a Vuestra Excelencia y a todo el noble pueblo español nuestra apostólica bendición.
Papa Pío XII “.

            El Generalísimo Franco ha contestado a su vez el telegrama del Papa con el siguiente:

            “Intensa emoción me ha producido paternal telegrama de Vuestra Santidad con motivo de la victoria total de nuestras armas que en heroica cruzada han luchado contra los enemigos de la Religión, de la Patria y de la civilización cristiana. El pueblo español, que tanto ha sufrido, eleva también, con Vuestra Santidad, su corazón al Señor, que le dispensó su Gracia, , y le pide protección para su gran obra del porvenir, y conmigo expresa a Vuestra Santidad inmensa gratitud por sus amorosas frases y por su apostólica bendición, que ha recibido con religioso fervor y con la mayor devoción hacia Vuestra Santidad. Francisco Franco, Jefe del Estado Español.

            Madrid, 2 de abril de 1939



DISCURSO DE RAMÓN SERRANO SÚÑER

“ Camaradas: No es hora de discursos. Pero sí de que la Falange dicte en estos momentos su sentencia condenatoria:¡ Rusia es culpable! ( Grandes aclamaciones y gritos de ¡Muera el comunismo!) Culpable de nuestra guerra civil (Se reproducen las aclamaciones con vivas a España). Culpable de la Muerte de José Antonio , nuestro Fundador ( “ José Antonio, ¡ Presente!, grita la multitud). Y de la muerte de tantos camaradas y tantos soldados caídos en aquella guerra por la opresión del comunismo ruso ( Grandes ovaciones).

El exterminio de Rusia es exigencia de la Historia y del porvenir de Europa (Frenéticas aclamaciones y gritos de “¡Arriba España!”, “ ¡Viva Franco!” y “¡Muera la Rusia soviética!”).

El camarada Serrano Súñer se dirige a todos para decirles que después de cantar el Himno de nuestra Revolución se disuelvan con orden, y les recomienda que estén sólo atentos a la voz del mando y vigilantes de las voces insidiosas y pérfidas de los enemigos para sellarles la boca”.
Arriba, 25 de junio de 1941




PROTOCOLO SECRETO FIRMADO EN HENDAYA

Los Gobiernos italiano, alemán y español se han mostrado conformes en lo siguiente:

1. El intercambio de opiniones entre el Führer del Reich alemán y el Jefe del Estado español, siguiendo a esto conversaciones entre el Duce y el Führer así como entre los ministros de Asuntos Exteriores de los tres países en Roma y Berlín, ha aclarado la presente posición de los tres países entre sí, así como las cuestiones implícitas al modo de llevar la guerra y que afectan a la política general.

3. Por el presente Protocolo, España declara su conformidad al Tratado de Amistad y Alianza entre Italia y Alemania y al mencionado Protocolo Secreto complementario de 22 de mayo de 1939.

4. En cumplimiento de sus obligaciones como aliada, España intervendrá en la presente guerra al lado de las Potencias del Eje contra Inglaterra, una vez que la hayan provisto de la ayuda militar necesaria para su preparación militar, en el momento en que se fije de común acuerdo por las tres Potencias, tomando en cuenta los preparativos militares que deban ser decididos. Alemania garantizará a España ayuda económica, facilitándole alimentos y materias primas, así como a hacerse cargo de las necesidades del pueblo español y de las necesidades de la guerra.

5. Además de la reincorporación de Gibraltar a España, las Potencias del Eje que, en principio, están dispuestas a considerar, de acuerdo con una determinación general que debe establecerse en África y que puede ser llevada a efecto en los tratados de paz después de la derrota de Inglaterra —que España reciba territorios en África en extensión semejante en la que Francia pueda ser compensada, asignando a la última otros territorios de igual valor en África; pero siempre que las pretensiones alemanas e italianas contra Francia permanezcan inalterables. (Nota escrita a máquina al pie del documento que dice lo siguiente: El texto original dice: “protegiendo así cualquier reclamación alemana que sea hecha contra Francia”, y fue corregido en la forma que figura arriba por la mano de su Excelencia el ministro Ciano).

6. El presente Protocolo será estrictamente secreto, y los aquí presentes se comprometen a guardar su más estricto secreto, a no ser que por común acuerdo decidan hacerlo público.

Hecho en tres textos originales en italiano, alemán y español”. Hendaya, 23 de octubre de 1940.





LA CONFERENCIA DE HENDAYA SEGÚN SERRANO SÚÑER

“[…] la verdad es que entre Franco y yo hubo siempre una perfecta compenetración y una identidad de puntos de vista en las referencias a la política exterior […] Creyendo, pues, ciegamente en la victoria alemana, tuvimos por fuerza franco y yo que prever la necesaria acomodación de España al orden europeo que de esa victoria al orden europeo que de esa victoria había de deducirse, y tratar de conseguir en él para nuestro país una situación más ventajosa que la que en el pasado inmediato nos había deparado la hegemonía anglo-francesa […] Franco hizo en la Conferencia de Hendaya todo cuanto pudo para mantener nuestro difícil equilibrio frente a las pretensiones de Hitler y repitió los datos y argumentos que, de acuerdo con él, había yo anticipado en Berlín”.

R. Serrano Súñer: “Entre el silencio y la propaganda. Memorias”.




LEY DE RESPONSABILIDADES POLITICAS DE  1940
       
“(...) DISPONGO:
Artículo primero. Constituye figura de delito, castigado conforme o las disposiciones de la presente Ley, el pertenecer a la masonería, al comunismo y demás sociedades clandestinas a que se refieren los artículos siguientes. El Gobierno podrá añadir o dichas organizaciones las ramas o núcleos auxiliares que juzgue necesario y aplicarles entonces las mismas disposiciones de esta Ley debidamente adaptadas.

Artículo segundo. Disueltas las indicadas organizaciones, que quedan prohibidas y fuera de la Ley, sus bienes se declaran confiscados y se entienden pues tos a disposición de la jurisdicción de responsabilidades políticas.

Artículo tercero. Toda propaganda que exalte los principios o los pretendidos beneficios de la masonería o del comunismo o siembre ideas disolventes contra la Religión, la Patria y sus instituciones fundamentales y contra la armonía social, será castigada con la supresión de los periódicos o entidades que la patrocinasen e incautación de sus bienes, y con pena de reclusión mayor para el principal o principales culpables, y de reclusión menor para los cooperadores (...)”
        BOE, 2 de marzo de 1940.
        



FUERO DEL TRABAJO DE 1938 (9 DE MARZO DE 1938)


Renovando la tradición católica de justicia social y alto sentido humano que informó la legislación de nuestro glorioso pasado, el Estado asume la tarea de garantizar a los españoles la Patria, el Pan y la Justicia.
Para conseguirlo atendiendo, por otra parte, a robustecer la unidad, libertad y grandeza de España acude al plano de lo social con la voluntad de poner la riqueza al servicio del pueblo español, subordinando la economía a la dignidad de la persona humana, teniendo en cuenta sus necesidades materiales y las exigencias de su vida intelectual, moral, espiritual y religiosa (…)

I.

2.- Por ser esencialmente personal y humano, el trabajo no puede reducirse a un concepto material de mercancía, ni ser objeto de transacción incompatible con la dignidad personal de quien lo preste.
3.- El derecho de trabajar es consecuencia del deber impuesto al hombre por Dios, para el cumplimiento de sus fines individuales y la prosperidad y grandeza de la Patria.
4.- El Estado valora y exalta el trabajo, fecunda expresión del espíritu creador del hombre y, en tal sentido, lo protegerá con la fuerza de la ley, otorgándole las máximas consideraciones y haciéndole compatible con el cumplimiento de los demás fines individuales, familiares y sociales.
8.- Todos los españoles tienen derecho al trabajo. La satisfacción de este derecho es misión primordial del Estado.

 II.
1.- El Estado se compromete a ejercer una acción constante y eficaz en defensa del trabajador, su vida y su trabajo. Limitará convenientemente la duración de la jornada para que no sea excesiva, y otorgará al trabajo toda suerte de garantías de orden defensivo y humanitario. En especial prohibirá el trabajo nocturno de las mujeres y niños, regulará el trabajo a domicilio y liberará a la mujer casada del taller y de la fábrica.
2.- El Estado mantendrá el descanso dominical como condición sagrada en la prestación del trabajo.
4.- Declarado fiesta nacional el 18 de julio, iniciación del Glorioso Alzamiento, será considerado, además, como Fiesta de Exaltación del Trabajo.
5.- Todo trabajador tendrá derecho a unas vacaciones anuales retribuidas para proporcionarle un merecido reposo, organizándose al efecto las instituciones que aseguren el mejor cumplimiento de esta disposición.

III.

1.- La retribución del trabajo será, como mínimo, suficiente para proporcionar al trabajador y su familia una vida moral y digna.
2.- Se establecerá el subsidio familiar por medio de organismos adecuados.
3.- Gradual e inflexiblemente se elevará el nivel de vida de los trabajadores, en la medida que lo permita el superior interés de la Nación.
4.- El Estado fijará las bases mínimas para la ordenación del trabajo, con sujeción a las cuales se establecerán las relaciones entre los trabajadores y las empresas. El contenido primordial de dichas relaciones será tanto la prestación del trabajo y su remuneración, como la ordenación de los elementos de la empresa, basada en la justicia, la recíproca lealtad y la subordinación de los valores económicos a los de orden humano y social.
5.- A través del Sindicato, el Estado cuidará de conocer si las condiciones económicas y de todo orden en que se realiza el trabajo son las que en justicia corresponden al trabajador.

XI.

1.- La producción nacional constituye una unidad económica al servicio de la Patria. Es deber de todo español defenderla, mejorarla e incrementarla. Todos los factores que en la producción intervienen quedan subordinados a su supremo interés de la Nación.
2.- Los actos ilegales, individuales o colectivos, que perturben de manera grave la producción o atenten contra ella, serán sancionados con arreglo a las leyes.
4.- En general, el Estado no será empresario sino cuando falte la iniciativa privada o lo exijan los intereses superiores de la Nación.
6.- El Estado reconoce la iniciativa privada como fuente fecunda de la vida económica de la Nación.

XIII.
1.- Los españoles, en cuanto participan en el trabajo y la producción, constituyen la Organización Sindical.
3.- Los Sindicatos tendrán la condición de corporaciones de derecho público de base representativa, gozando de personalidad jurídica y plena capacidad funcional en sus respectivos ámbitos de competencia. Dentro de ellos y en la forma que legalmente se determine, se constituirán las asociaciones respectivas de empresarios, técnicos y trabajadores que se organicen para la defensa de sus intereses peculiares y como medio de participación, libre y representativa, en las actividades sindicales y, a través de los Sindicatos, en las tareas comunitarias de la vida política, económica y social.
                                                 BOE, 10 DE MARZO DE1938




EL MANIFIESTO DE LAUSANA.

Han pasado seis años desde que finalizó la Guerra Civil, el Régimen implantado por el general Franco, inspirado desde el principio en los sistemas totalitarios de las potencias del eje, tan contrario al carácter y a la tradición de nuestro pueblo, es fundamentalmente incompatible con las circunstancias que la guerra presente está creando en el mundo. La política exterior seguida por el régimen compromete también el porvenir de la nación.
Corre España el riesgo de verse arrastrada a una nueva lucha fratricida y de encontrarse totalmente aislada del mundo. El Régimen actual, por muchos que sean sus esfuerzos para adaptarse a la nueva situación, `provoca este doble peligro; y una nueva república, por moderada que fuera en sus comienzos o intenciones, no tardaría en desplazarse hacia uno de los extremos reforzando así al otro, para terminar en una nueva guerra civil

Manifiesto de don Juan desde Lausana (Suiza) 1945.





LA CONDENA DE LA ONU

"A. Por su origen, naturaleza, estructura y comportamiento general, el régimen de Franco es un régimen fascista, organizado e implantado en gran parte merced a la ayuda de la Alemania nazi y de la Italia fascista de Mussolini. . .

B. Durante la largo lucha de las Naciones Unidas contra Hitler y Mussolini, Franco prestó una ayuda muy considerable a las potencias enemigas, a pesar de las continuas protestas de los aliados [...].

La Asamblea General, convencida de que el Gobierno fascista de Franco en España [...] no representa al pueblo español [...] recomienda que se prohíba al Gobierno de Franco pertenecer a los organismos internacionales creados por las Naciones Unidas o relacionados con ellas [...] hasta que se forme en España un Gobierno nuevo y adecuado [...]

Asimismo, la Asamblea recomienda que todos los Estados miembros de las Naciones Unidas retiren inmediatamente los embajadores y ministros plenipotenciarios que tienen acreditados en Madrid”.

(Recomendación de la Asamblea General de la ONU, Nueva York, 12 de diciembre de 1946).




LEY DE SUCESIÓN EN LA JEFATURA DEL ESTADO(1947)

“(…) De conformidad con la propuesta de las Cortes, y con la expresión auténtica y directa de la voluntad de la Nación. Dispongo:
Art 1. España, como unidad política, es un Estado católico, social y representativo, que, de acuerdo con su tradición, se declara constituido en Reino.
Art 2. La Jefatura del Estado corresponde al Caudillo de España y de la Cruzada, Generalísimo de los Ejércitos, don Francisco Franco Bahomonde.
Art 3. Vacante la Jefatura del Estado, asumirá sus poderes un Consejo de Regencia; …
Art 4. Un Consejo del Reino asistirá al Jefe del Estado en todos aquellos asuntos y resoluciones trascendentales de su exclusiva competencia. Su Presidente será el de las Cortes…
Art 6. En cualquier momento el Jefe del Estado podrá proponer a las Cortes la persona que estime deba ser llamada a sucederle, a título de Rey o de Regente, con las condiciones exigidas por esta ley…”




FUERO DE LOS ESPAÑOLES DE 1945 (17 DE JULIO DE 1945) MODIFICADO POR L.O. DEL ESTADO DE 10 DE ENERO DE 1967, APROBADA POR DECRETO 779/1967, DE 20 DE ABRIL, BOE N.º 95, DE 21 DE ABRIL)

  
Francisco Franco Bahamonde, Caudillo de España, Jefe del Estado y Generalísimo de los Ejércitos de la Nación:
Por cuanto las Cortes Españolas, como órgano superior de participación del pueblo en las tareas del Estado, según la Ley de su creación, han elaborado el Fuero de los Españoles, texto fundamental definidor de los derechos y deberes de los mismos y amparador de sus garantías; y teniendo en cuenta, al igual que ocurre en el Fuero del Trabajo, que sus líneas maestras acreditan el valor permanente del ideario que las inspira y gran número de sus declaraciones y preceptos constituyen un fiel anticipo de la doctrina social-católica, recientemente puesta al día por el Concilio Vaticano II y finalmente, dada la modificación introducida en su Artículo 6 por la Ley Orgánica del Estado, aprobada previo referéndum de la Nación, a los efectos de adecuar su texto a la Declaración Conciliar sobre la libertad religiosa, promulgada el 1 de diciembre del año 1965, que exige el reconocimiento explícito de este derecho, en consonancia, además, con el segundo de los Principios Fundamentales del Movimiento, según el cual la Doctrina de la Iglesia habrá de inspirar nuestra legislación: Vengo en disponer lo siguiente:
Artículo único.- Queda aprobado, con el carácter de Ley fundamental reguladora de sus derechos y deberes, el Fuero de los Españoles, que a continuación se inserta:
Artículo 1.- El Estado español proclama como principio recto de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos y miembros de una comunidad nacional, titular de deberes y derechos, cuyo ejercicio garantiza en orden al bien común.

Título I. Deberes y Derechos de los españoles

Capítulo I

Artículo 2.- Los españoles deben servicio fiel a la Patria, lealtad al Jefe del Estado y obediencia a las leyes.
Artículo 3.- La Ley ampara por igual el derecho de todos los españoles, sin preferencia de clases ni acepción de personas.
Artículo 5.- Todos los españoles tienen derecho a recibir educación e instrucción y el deber de adquirirlas, bien en el seno de su familia o en centros privados o públicos, a su libre elección. El Estado velará para que ningún talento se malogre por falta de medios económicos.
Artículo 6.- La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial.
El Estado asumirá la protección de la libertad religiosa, que será garantizada por una eficaz tutela jurídica que, a la vez, salvaguarde la moral y el orden público.
Artículo 9.- Los españoles contribuirán al sostenimiento de las cargas públicas según su capacidad económica. Nadie estará obligado a pagar tributos que no hayan sido establecidos con arreglo a ley votada en Cortes.
Artículo 10.- Todos los españoles tienen derecho a participar en las funciones públicas de carácter representativo, a través de la familia, el municipio y el sindicato, sin perjuicio de otras representaciones que las leyes establezcan.
Artículo 12.- Todo español podrá expresar libremente sus ideas mientras no atenten a los principios fundamentales del Estado.
Artículo 13.- Dentro del territorio nacional, el Estado garantiza la libertad y el secreto de la correspondencia.
Artículo 15.- Nadie podrá entrar en el domicilio de un español ni efectuar registros en él sin su consentimiento, a no ser con mandato de la Autoridad competente y en los casos y en la forma que establezcan las Leyes.
Artículo 16.- Los españoles podrán reunirse y asociarse libremente para fines lícitos y de acuerdo con lo establecido por las leyes.
El Estado podrá crear y mantener las organizaciones que estime necesarias para el cumplimiento de sus fines. Las normas fundacionales, que revestirán forma de ley, coordinarán el ejercicio de este derecho con el reconocido en el párrafo anterior.
Artículo 17.- Los españoles tienen derecho a la seguridad jurídica. Todos los órganos del Estado actuarán conforme a un orden jerárquico de normas preestablecidas, que no podrán arbitrariamente ser interpretadas ni alteradas.
Artículo 18.- Ningún español podrá ser detenido sino en los casos y en la forma que prescriben las Leyes.
En el plazo de setenta y dos horas, todo detenido será puesto en libertad o entregado a la Autoridad judicial.
Artículo 19.- Nadie podrá ser condenado sino en virtud de Ley anterior al delito, mediante sentencia de Tribunal competente y previa audiencia y defensa del interesado.
Artículo 22.- El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y fundamento de la sociedad, con derechos y deberes anteriores y superiores a toda ley humana positiva.
El matrimonio será uno e indisoluble.

            BOE 18 DE JULIO DE 1945






CONVENIO DEFENSIVO, DE MUTUA DEFENSA Y AYUDA ECONÓMICA ENTRE ESTADOS UNIDOS Y ESPAÑA.

A) Convenio defensivo
" ... Los Gobiernos de los Estados Unidos y de España, deseosos de contribuir al mantenimiento de la paz y de la Seguridad Internacional (...) han convenido 10 siguiente:

Art. 1º. (...) Esta política comprenderá lo siguiente:
1. Por parte de los Estados Unidos, el apoyo del esfuerzo defensivo español para los fines convenidos, mediante la concesión de asistencia a España en forma de suministro de material de guerra y a través de un periodo de varios años, a fin de contribuir, con la posible cooperación de la industria española, a la eficaz defensa aérea de España y para mejorar el material de sus fuerzas militares y navales (...)
2. (...) El Gobierno de España autoriza al Gobierno de los Estados Unidos, con sujeción a los términos y condiciones que se acuerden, a desarrollar, mantener y utilizar para fines militares, juntamente con el Gobierno de España, aquellas zonas e instalaciones en territorio bajo jurisdicción española que se convenga por las Autoridades competentes de ambos Gobiernos como necesarias para los fines de este Convenio. (...)
Art. 2. Se autoriza a los Estados Unidos a preparar y mejorar las zonas e instalaciones convenidas para uso militar y realizar, en cooperación con el Gobierno de España, las construcciones necesarias a tal fin, para acuartelar y alojar el personal civil y militar indispensable en las mismas y atender a su seguridad, disciplina y bienestar; a almacenar y custodiar provisiones, abastecimientos, equipo y material y a mantener las instalaciones y servicios necesarios en apoyo de dichas zonas y de su personal.
Art. 3. Las zonas que (...) se preparen para su utilización conjunta, quedarán siempre bajo pabellón y mando español (...). Sin embargo, los Estados Unidos podrán, en todo caso, ejercer la necesaria vigilancia sobre el personal, instalaciones y equipo estadounidenses"

C) Convenio de ayuda económica:
Art. 1. El gobierno de los Estados Unidos de América facilitará al Gobierno español o a cualquier persona, entidad u organización que éste último designe, la asistencia técnica y económica que se pida por el Gobierno español y se apruebe por el de los Estados Unidos de América conforme a las estipulaciones convenidas en el presente convenio (...).
  
Madrid, 26 de septiembre 1953




CONCORDATO CON LA SANTA SEDE (27 AGOSTO 1953)

“En el nombre de la Santísima Trinidad. La Santa Sede Apostólica y el Estado español, animados del deseo de asegurar una fecunda colaboración para el mayor bien de la vida religiosa y civil de la Nación española, han determinado estipular un Concordato que, reasumiendo los Convenios anteriores y completándolos, constituya la norma que ha de regular las reciprocas relaciones de las Altas Partes contratantes, en conformidad con la Ley de Dios y la tradición católica de la Nación española.[…]

Artículo I. La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
Art. II. 1. El Estado español reconoce a la Iglesia Católica el carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual y de su jurisdicción, así como el libre y público ejercicio del culto.
Art. IV. 1. El Estado español reconoce la personalidad jurídica y la plena capacidad de adquirir, poseer y administrar toda clase de bienes a todas las instituciones y asociaciones religiosas, existentes en España a la entrada en vigor del presente Concordato constituidas según el Derecho Canónico; en particular a las Diócesis con sus instituciones anejas, a las Parroquias, a las Ordenes y Congregaciones religiosas, las Sociedades de vida común y los Institutos seculares de perfección cristiana canónicamente reconocidos,: sean de derecho pontificio o de derecho diocesano, a sus provincias y a sus casas.
Art. V. El Estado tendrá por festivos los días establecidos como tales por la Iglesia en el Código de Derecho Canónico o en otras disposiciones particulares sobre festividades locales, y dará, en su legislación, las facilidades necesarias para que los fieles puedan cumplir en esos días sus deberes religiosos. Las Autoridades civiles, tanto nacionales como locales, velarán por la debida observancia del descanso en los días festivos.
Art. VI. Conforme a las concesiones de los Sumos Pontífices San Pío V y Gregorio XIII, los sacerdotes españoles diariamente elevarán preces por España y por el Jefe del Estado, según la fórmula tradicional y las prescripciones de la Sagrada Liturgia.
Art. VII. Para el nombramiento de los Arzobispos y Obispos residenciales y de los Coadjutores con derecho de sucesión, continuarán rigiendo las normas del Acuerdo estipulado entre la Santa Sede .y el Gobierno español el 7 de junio de 1941 (R. 1065 y Diccionario 14033)
Art. XIV. Los clérigos y los religiosos no estarán obligados a asumir cargos públicos o funciones que, según las normas del Derecho Canónico, sean incompatibles con su estado. Para ocupar empleos o cargos públicos, necesitarán el «Nihil Obstat» de su Ordinario propio y el del Ordinario del lugar donde hubieren de desempeñar su actividad. Revocado el «Nihil Obstat», no podrán continuar ejerciéndolos.
Art. XVI. 1. Los Prelados de quienes habla el párrafo 2 del canon 120 del Código de Derecho Canónico no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede.
                 5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico. Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías, o al menos, en locales distintos de los que se destinan a los seglares a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.

Art. XVIII. La Iglesia puede libremente recabar de los fieles las prestaciones autorizadas por el Derecho Canónico, organizar colectas y recibir sumas y bienes,
 Art. XIX El Estado, a título de indemnización por las pasadas desamortizaciones de bienes eclesiásticos, y como contribución a la obra de la Iglesia a favor de la nación, le asignará anualmente una adecuada dotación
Art. XX. 1. Gozarán de exención de impuestos y contribuciones de índole estatal o local:

a) las Iglesias y Capillas destinadas al culto, y asimismo, los edificios y locales anejos destinados a su servicio o a sede de asociaciones católicas;
b) la residencia de los Obispos, de los canónigos y de los sacerdotes con cura de almas, siempre que el inmueble sea propiedad de la Iglesia.
c) los locales destinados a oficinas de la Curia diocesana y a oficinas parroquiales;
d) las Universidades eclesiásticas y los Seminarios destinados a la formación del clero;
e) las casas de la Órdenes, Congregaciones e Institutos religiosos y seculares canónicamente establecidos en España;
f) los colegios u otros centros de enseñanza, dependientes de la Jerarquía eclesiástica, que  tengan la condición de benéfico-docentes.

Están comprendidos en la exención los huertos, jardines y dependencias de los inmuebles arriba enumerados, siempre que no estén destinados a industria o a cualquier otro uso de carácter lucrativo.

Art. XXIII. El Estado español reconoce plenos efectos civiles al matrimonio celebrado según las normas del Derecho Canónico.
Art. XXVI. En todos los centros docentes de cualquier orden y grado, sean estatales o no estatales, la enseñanza se ajustará a los principios del Dogma y la Moral de la Iglesia Católica.
Art. XXVII. 1. El Estado español garantiza la enseñanza de la Religión Católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado. […]

En fe lo cual, los Plenipotenciarios firman el presente Concordato. Hecho en doble original. Ciudad del Vaticano, 27 de agosto de 1953.— Por la Santa Sede, Domenico Tardini.--Por el Estado español, Alberto Martín Artajo. Fernando M.ª Castiella y Maíz.



LEY DE PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO NACIONAL (17 DE MAYO DE 1.958)

Yo, Francisco Franco Bahamonde, caudillo de España, consciente de mi responsabilidad ante Dios y ante la Historia, en presencia de las Cortes del Reino, promulgo como Principios del Movimiento Nacional, entendido como comunión de los españoles en los ideales que dieron vida a la Cruzada, los siguientes:
1.- España es una unidad de destino en lo universal. El servicio a la unidad, grandeza y libertad de la Patria es deber sagrado. . . de todos los españoles. - . .
4.- La unidad entre los hombres y las tierras de España es intangible. La integridad e in dependencia de la Patria son exigencias supremas de la comunidad nacional. ...
6.- Las entidades naturales de la vida social son la familia, el municipio y el sindicato. .
7.- El pueblo español constituye el Estado Nacional siendo sus postulados el de autoridad, libertad y servicio. Su forma política es, dentro de los Principios del Movimiento Nacional. . . , la Monarquía tradicional, católica, social y representativa.
8.- Las instituciones públicas tendrán carácter representativo. La participación del pueblo será a través de la familia, el municipio, el sindicato y otras entidades de carácter orgánico reconocidas por las Leyes. Toda organización política al margen de este sistema representativo se considera ilegal.
9.- Se reconoce a los españoles el derecho a una justicia independiente. . . a una educación general. . . a la asistencia y seguridad sociales, ya la equitativa distribución de la renta nacional. . .
10.- Reconocimiento del trabajo como fuente de jerarquía y honor de los españoles, y reconocimiento, a su vez, de la propiedad e iniciativa privadas.
11.- La empresa es una comunidad de intereses y una unidad de propósitos. .

Por tanto:
Art. 1.- Los Principios del Movimiento, son, por naturaleza, permanentes e inalterables.
Art. 2.- Todos los órganos y autoridades están obligados a su más estricto cumplimiento. Todo cargo público, para ser investido como tal, habrá de jurar el cumplimiento y respeto a estos Principios.
Art. 3.- Las Leyes que vulneren estos Principios serán nulas.

F ARIAS. L Breve historia constitucional de España. Doncel. Madrid. 1.975. pp. 377 – 381





MANIFIESTO DEL FRENTE DE LIBERACIÓN POPULAR ANTE LAS HUELGAS DE 1962

«La extensión de la huelga de Asturias al resto del país, la creciente violencia con que las fuerzas represivas del régimen intentan cortar las acciones de los obreros y campesinos, apoyados con valen­tía por los intelectuales y estudiantes, ponen de manifiesto las contradicciones de la dictadura, que tiene que enfrentarse con la solidaridad y la discipli­na de un proletariado cada vez más combativo. La unidad de acción, la base que se ha producido en el actual movimiento reivindicativo, marca el camino a seguir.... El Frente de Liberación Popular hace un llamamiento a todos los españoles para que apoyen a los millares de obreros y campesinos en su pro­testa masiva para conseguir el restablecimiento de un Gobierno democrático que garantice el derecho a la huelga, la libertad de información y la constitu­ción de sindicatos libres.»



PRIMEROS SÍNTOMAS DE UN DISTANCIAMIENTO

«No cabe duda de que la paz social y el orden público han de ser anhelo permanente en el que coincidan, de pensamiento, palabra y obra, el capital y el trabajo, los individuos o sectores sociales y el poder público... , la huelga es la última medida a la que ha de apelar un sector laboral, cuando entiende conculcados sus derechos... El derecho natural y la ética cristiana, nítidamente determinados en la doctrina pontificia, al rechazar, por una parte, la lucha sistemática de clases y, en consecuencia, la abstención masiva de trabajar como dialéctica marxista, han admitido, como arma lícita, cuando el diálogo por vía directa o sindical agota sus recursos sin lograr un efecto equitativo, la adopción de un paro voluntario que salve lo más posible, dentro de la obligada anomalía, los intereses generales de la sociedad... Quedan más obligadas las empresas a cuidar de que la justicia social rija en las relaciones con los obreros...»
Ecclesia. mayo de 1962.




PROCLAMACIÓN DEL PRÍNCIPE JUAN CARLOS COMO SUCESOR EN LA JEFATURA DEL ESTADO

 “EL VII de los Principios del Movimiento Nacional establece que la forma política del Estado español es (...) la Monarquía tradicional, católica, social y representativa.
La Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de veintiséis de julio de mil novecientos cuarenta y siete (...) modificada en algunos de sus aspectos por la Ley Orgánica del Estado, de diez de enero de mil novecientos sesenta y siete (...) establece en su artículo sexto un procedimiento directo e inmediato de proveer a la sucesión en la Jefatura del Estado, confiriendo al Caudillo de España y Generalísimo de los Ejércitos la prerrogativa de proponer a las Cortes a persona que estime deba ser llamada en su día a sucederle, a título de Rey o de Regente (...).
Por todo ello, estimo llegado el momento de proponer a las Cortes Españolas como persona llamada en su día a sucederme, a título de Rey, al Príncipe Don Juan Carlos de Borbón y Borbón, quien, tras haber recibido la adecuada formación para su alta misión y formar parte de los tres Ejércitos, ha dado pruebas fehacientes de su acendrado patriotismo y de su total identificación con los Principios del Movimiento y Leyes Fundamentales del Reino, y en el que concurren las demás condiciones establecidas en el artículo noveno de la Ley de Sucesión.
En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:
Artículo primero. Al producirse la vacante en la Jefatura del Estado, se instaurará la Corona en la persona del Príncipe Don Juan Carlos de Borbón y Borbón, que la transmitirá según el orden regular de sucesión establecido en el artículo once de la Ley Fundamental de veintiséis de julio de mil novecientos cuarenta y siete, modificada par la Ley Orgánica del Estado de diez de enero de mil novecientos sesenta y siete”.
 Francisco Franco
BOE, 23 de julio de 1969




RECHAZO DE LA LEY ORGÁNICA POR LA OPOSICIÓN DEMOCRÁTICA

«La ley Orgánica se ha presentado a la opinión como un paso hacia formas democráticas cuando, en realidad, es la confirmación de la imposibilidad de alcanzar una verdadera democracia a partir de las estructuras totalitarias actuales. Por ello, consideramos inaceptable la ley; para nosotros, la condición indispensable de toda paz que pueda reinar en España, ha de ser precisamente la superación de las consecuencias de la guerra civil... La elaboración en camarilla de la ley, la desorbitada campaña propagandística en pro del voto afirmativo, la negativa gubernamental a autorizar la menor campaña que pudiera esclarecer el sentido del voto y, en general, la absoluta falta de garantías para fiscalizar el resultado, revelan la desconfianza ante el pueblo que una mentalidad aferrada a la guerra puede albergar...»
Frente De Liberación Popular, Federacion Universitaria Democrática Española, Juventudes Socialistas Federadas, Unión De Juventudes Comunistas De España




RECHAZO DEL PARLAMENTARISMO «LIBERAL»

«El parlamentarismo liberal no controla la acción del gobierno, sino que la obstruye; no se limita a la esfera del poder, sino que la paraliza; no promueve vías de participación del pueblo en la vida política, sino que reduce esa vida política al campo de interés particular de los partidos. De otra parte, los hombres del parlamentarismo liberal, del sistema de los partidos políticos, carecen de autonomía y de libertad, puesto que sus decisiones y sus actitudes no responden a un sentido de responsabilidad, respecto al servicio del bien común, sino a la conveniencia táctica de su propio partido en defensa de sus intereses... Nuestras Cortes no quieren asemejarse, ni en el presente ni en el futuro, con el partidismo político... El futuro será de la democracia social orgánica consciente de que la libertad ha de darse en la unidad, en la solidaridad y, sobre todo, en la equidad y la justicia.»

Discurso de A. RODRÍGUEZ DE VALCÁRCEL, Presidente de las Cortes, en 1969.




RECHAZO DE LAS TENDENCIAS APERTURISTAS

«La situación de la Prensa y, en general, de todos los órganos de información, incluyendo el libro, debe ser corregida a fondo. Está produciendo un positivo deterioro moral, religioso y político. Todos los escaparates de las librerías están, y las casetas de la Feria del libro estuvieron, abarrotadas de obras marxistas y de novelas del erotismo más desenfrenado. Por otra parte, el crecimiento de la inmoralidad de los espectáculos públicos ha sido tremenda en los últimos tiempos. El daño que se está haciendo a la moral pública es grave y hay que ponerle fin. Si la legislación actual no permite corregir esta situación, habrá que dictar nueva legislación, pero así no se puede seguir. Primero, porque España es un país católico y, segundo, porque el quebrantamiento de la moral del pueblo es la mejor manera de favorecer la acción subversiva que el comunismo fomenta.»

Informe de CARRERO BLANCO a Franco. julio de 1968.




EL PENSAMIENTO POLÍTICO DE CARRERO BLANCO: EL CONTINUISMO

«Hace poco más de cinco años, con ocasión de unas declaraciones mías en el diario «Pueblo», su director me pidió que me definiera políticamente. Voy a hacerlo ahora con las mismas palabras con que lo hice entonces: soy un hombre totalmente identificado con la obra política del Caudillo, plasmada doctrinalmente en los Principios del Movimiento Nacional y en las Leyes Fundamentales del Reino; mi lealtad a su persona y a su obra es total, clara y limpia, sin sombra de ningún íntimo condicionamiento ni mácula de reserva mental algu­na...
Quedando claro y bien entendido, ante propios y extraños, ante los españoles de hoy y ante las gene­raciones futuras, que esta Monarquía, instaurada con el asenso clamoroso del pueblo español, es una Monarquía nueva; es la Monarquía del Movimiento Nacional, continuadora perenne de sus principios e instituciones y de la gloriosa tradición española.... Si yo quisiera ahora sintetizar en una sola palabra el programa de acción que el Gobierno se propone, diría simplemente: continuar».
Discurso de CARRERO BLANCO en las Cortes, el 20 de julio de 1973.



  
LAS CONTRADICCIONES DEL ESPÍRITU DEL 12 DE FEBRERO

«Los últimos acontecimientos acaecidos en nuestro país, y especialmente dos de ellos, la ejecución de dos condenas a muerte (Puig Antich y Heinz Chez) y el asunto de monseñor Añoveros, ambos de extrema gravedad y uno irreparable, representan una línea política que algunos, quizá ingenuamente, pero con la mayor buena voluntad, creían superada. Para nosotros la política no es la severidad en el castigo ni el rigor, sino la capacidad de entendimiento, de comprensión, de superación por el diálogo de todos los conflictos que, lógicamente, se han planteado y se van a plantear en una sociedad de cambio... La aplicación de dos penas de muerte, al margen de otras consideraciones en un país donde la pena capital se ha aplicado pocas veces en los últimos años..., poco puede ayudar a crear ese imprescindible clima de distensión que la última historia española necesita.»
Cuadernos para el Diálogo, marzo de 1974. 




LEY ANTITERRORISTA (26 DE AGOSTO DE 1975)

«Artículo 4°-. Declarados fuera de la ley los grupos u organizaciones comunistas, anarquistas, separatistas y aquellos otros que preconicen o empleen la violencia como instrumentos de acción política o social, los que organizaren o dirigieren estos grupos. Los meros afiliados y los que, mediante sus aportaciones en dinero, medios materiales o de cualquier otra manera auxiliaren al grupo u organización, incurrirán respectivamente en el grado máximo de las penas previstas en el Código Penal para las asociaciones ilícitas de aquella naturaleza.
A quienes, por cualquier medio, realizaren propaganda de los anteriores...., se les impondrá la pena correspondiente a tal delito en su grado máximo.




LAS LEYES FUNDAMENTALES

Se ha de insistir, en primer lugar, en la aparente contradicción que encierran los términos inmovilismo y proceso, y más aún en este apartado en el que se considera la larga trayectoria del régimen franquista desde 1939 hasta 1975. En el lento proceso de institucionalización del régimen se mantuvo una fidelidad inquebrantable a los poderes absolutos asumidos por el general Franco y en ningún momento se abandonó la primacía del Estado manifestada en los primeros textos programáticos.
Aparte de la concentración de poderes que residía en el general Franco, éste se había otorgado una función institucional, que alguno de sus ideólogos más próximos calificaron como constituyente, y de esta forma, previa aprobación por aclamación, promulgará sucesivamente las Leyes Fundamentales: la creación de las Cortes, el Fuero de los Españoles, la Ley de Sucesión, la de los Principios Fundamentales del Movimiento y la Ley Orgánica del Estado, que asumía y sis­tematizaba a las anteriores.

Sánchez Recio, Glicerio (1999): «Inmovilismo y adaptación», en Moreno Fonseret, Roque y Sevillano Calero, Francisco (ed.): El fran­quismo. Visiones y balances, Alacant, Universitat d'Alacant, p. 30‑3 1.




LA RASGOS SOCIOLÓGICOS DE LA ESPAÑA DE POSGUERRA

 [los rasgos de la mentalidad «como reflejo» de los españoles durante el franquismo]
a)   Despolitización y provocada apatía.
b)   Pervivencia del trauma de la guerra civil el trauma ha pervivido porque así se ha querido desde la instancias del poder y como ingrediente ideológico a utilizar [ ... ]
c)   Especial suspicacia ante problemas de orden público.
d)   Escasa secularización de pensamiento y permanente tendencia a la utilización de patrones religiosos tradicionales[ ... ] por una «catolización de la sociedad» que se acerca mucho más a una visión teocrática del mundo que a una visión racional del mismo [ ... ]
e)   Histórica debilidad de un sentimiento de moral cívica[ ... ] No es sólo que el distinto trato existiera, haciendo buena la vieja distinción entre justicia para pobres» y justicia para ricos», sino que el mismo tipo de actos pasaba de ser censurado para una clase social a ser tolerados e, incluso, admirado para otra. 
f)    Profundo individualismo y casi nulo espíritu comunitario. [ ... ]
g)   Tendencia a la rigidez en el mantenimiento de opiniones y posturas [ ... ]

Ramírez, Manuel, (1978): España 1939‑1975 (Régimen político e ideología), Barcelona, Guadarrama, 1978, p. 112‑117.




FRANCO Y LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL

La España vencedora durante la Guerra Civil ni remotamente mantuvo esa actitud (neutral). Ninguna otra expresión resulta más inconveniente para calificar su posición que la de neutralidad. Mereció el calificativo, quizá, al principio y al final del período, pero sólo si a él se le une otro, benevolente, y se tiene en cuenta que en 1939 lo era con respecto a Alemania y en 1945 con los Estados Unidos. Durante la mayor parte de la guerra no sólo no fue neutral, sino que ni siquiera decía serlo. Desde junio de 1940 hasta septiembre de 1942 fue «no beligerante», [ ... ]pero que resultaba especialmente grave por el hecho de prestar el territorio propio para operaciones contra el adversario [ ... ]Después de la reunión de Hen­daya, España fue un país del Eje vinculado con Alemania e Italia.

Tusell, Javier (1995): Franco, España y la II Guerra Mundial, Barcelona, Temas de Hoy, p. 646.




LA CENSURA PERIODÍSTICA

En lo que respecta a la prensa, el franquismo triunfante comienza por suprimir de manera tajante más de la mitad de los diarios y revistas que antes de la guerra se publicaban en España. No sólo hace desaparecer todos los periódicos obreros, republicanos o revolucionarios, sino también los simplemente liberales...
Innecesario, es decir, que ni uno solo de los que trabajaban en los numerosos periódicos suprimidos por el franquismo recibe indemnización de ningún tipo [ ... ] Los periodistas concretamente han de sufrir tres tipos de graves sanciones: una depuración administrativa [ ... ]; unos juicios en los que no tienen posibilidades serias de defensa en que han de comparecer y en los que son sentenciados a muerte un cincuenta por ciento y la prohibición absoluta de ejercer su profesión cuando logran la libertad
[ ... ]
Los periódicos ofrecen tanto en sus informaciones como comentarios una terrible y monótona uniformidad. Todos dicen lo mismo y en la misma forma, de absoluta conformidad con las órdenes recibidas a las que nadie tiene la valentía de faltar.

Guzmán, Eduardo (1980): «Vicisitudes y penalidades de la prensa española de 1936 a 1979, Tiempo de Historia, núm. 66, p. 53­-55.





EL NUEVO PROTAGONISMO DE LA IGLESIA

Terminada la guerra, el nuevo Estado se apresuró a declarar su confesionalidad y el firme propósito de erigirse en fiel guardián de la Iglesia y sus Instituciones. A golpe de ley, el gobierno franquista fue devolviendo a la Iglesia todos los privilegios que un día le quitara el gobierno republicano; al tiempo que abolía el divorcio, hacía obligatorio el matrimonio por la Iglesia y eximía a ésta de la tributación de impuestos por los bienes eclesiásticos [ ... ]
Los obispos, auténticos reyezuelos en sus diócesis, aprovecharon toda suerte de tribunas para imponer sus cartas pastorales que, mientras mostraban una obsesiva preocupación por la moral de la pantorrilla, olvidaban, en cambio, la dramática realidad del momento: el hambre, el estraperlo, el paro, la falta de viviendas y de escuelas, los abusos de poder, las represiones, las cárceles llenas.

Bahamonde Magro, Ángel (1993): La sociedad española de los años 40. Cuadernos del Mundo Actual, Madrid, núm. 3, p. 15.



LA ENSEÑANZA EN LAS PRIMERAS DÉCADAS DEL FRANQUISMO

«Era la época de los exámenes patrióticos -de los alféreces y tenientes o capitanes- que iban a clase con sus estrellitas, cuando no con el uniforme de Falange. Al entrar en cada clase se alzaba la mano, se cantaba el Cara al Sol, se decían palabras rituales. Esto un día y otro. Entre los profesores los había que estaban asustados y corridos. Otros se hallaban en pleno frenesí, mezclando el más ardiente fervor gubernamental con un espíritu de odio profesional bastante vergonzoso. Los alumnos estábamos divididos también en dos clases: los que callábamos y los que hacían alarde constante de las persecuciones familiares, de las tías monjas, de los tíos canónigos, de los papás generales o coroneles, de la amistad con éste o aquel personaje político conocido. La burguesía española, después de su época de veleidades republicanas y del miedo del período revolucionario, se sentía segura y estaba dispuesta a todo.»

CARO BAROJA, J.: Los Baroja. Madrid, 1972




LA REPRESIÓN SEXUAL

Según la secular y venerable tradición eclesiástica, la carne y su fruto, el amor sexual, están viciados de raíz y son el origen de casi todos los pecados y la más peligrosa encarnación de Satanás [ ... ]

[ ... ] la Iglesia acompañaba sus exigencias con otras amenazas más palpa­bles. En un libro de Bachillerato del célebre jesuita Valentín Incío, titulado La moral y declarado de «utilidad nacional» por el BOE del 26 de agosto de 1939, se aseguraba que, «según el juicio de los más afamados médicos, las perturbaciones cardíacas, la debilidad espinal, la tisis pulmonar, la epilepsia, las afecciones cerebrales, la enteritis crónica, etc. y de un modo especial la sífilis, son ordinariamente triste herencia del pecado deshonesto [ ... ]

Así, en los seminarios y colegios religiosos se ponía en guardia contra la “serpiente diabólica” (miembro viril) y contra el «antro de Satanás» (la vagina). Los tratados de moral seguían dividiendo el cuerpo de la mujer, como en la Edad Media, en tres partes, según su «honestidad». Huelga decir que las partes honestas eran sólo las manos, los pies, la cara y los brazos hasta el codo. El resto del cuerpo femenino era menos honesto, como la parte superior del brazo, o rotundamente deshonesto, como el pecho y el vientre. Había que evitar no sólo el pecado, sino hasta su posibilidad, es decir, las ocasiones del mismo. Adelantemos ya que se consideraban tales por ejemplo el baile agarrado, el ir del brazo los novios, el beso, el bañarse en playas o piscinas en que no hubiera separación de sexos, asistir al cine o a una revista y la simple lectura de una novela,

Alonso Tejada, Luis (1977): La represión sexual en la España de Franco, Barcelona, Luis de Caralt Editor, p. 18‑20.




EL PAPEL DE LA MUJER SEGÚN LA REVISTA «Y»

«Tú no naciste para luchar; la lucha es condición del hombre y tu misión excelsa de mujer está en el hogar, donde la familia tiene el sello que tú e imprimes. Trabajarás, sí; el nacional-sindicallismo no admite socialmente a los seres ociosos, pero trabajarás racionalmente, mientras seas soltera en tareas propias de tu condición de mujer. Después, cuando la vida te lleve a cumplir tu misión de madre, el trabajo será únicamente el de tu hogar, harto difícil y trascendente porque tú formarás espiritualmente a tus hijos, que vale tanto como formar espiritualmente a la nación».

R. ABELLA: La vida cotidiana bajo el régimen de Franco. Madrid, 1984



 EL EXILIO

 ... ] Si tomamos como año de inicio del exilio, el año 1939 de la llegada a México de la primera expedición colectiva, o sea, la del barco Sinaia y si, por otro lado, consideramos a 1978 como el año en que, al despegar la transición a la democracia, desaparecen en España las condiciones políticas que obligaban a expatriarse, vemos que el exilio duró mucho más de lo que los ánimos más pesimistas preveían por entonces: seis u ocho años. Pero el exilio duró casi cuarenta años, tiempo más que suficiente para enterrar no sólo las esperanzas más resis­tentes en una vuelta que se creía factible, sino para sepultar físicamente a casi toda la emigración y, particularmente, a los que llegaron en la madurez de sus vidas. Tiempo suficiente, asimismo, para hacer imposible el sueño de la vuelta a quienes aún sobrevivían, pues cuando se abrían, al fin, las puertas propias, no se podía dejar así, sin más, una tierra en la que ‑generosamente acogidos‑ se había crecido, gozado o sufrido, soñado o desesperado; en una palabra, vívido durante cuarenta años.

La educación escolar, impartida por los jesuitas españoles (y por otros religiosos) durante el franquismo, formó un tipo de hombre que hoy merece las críticas de todos, aun desde el punto de vista católico.

Los caminos educativos del nacional‑catolicismo fueron: 1) el miedo; 2) la emulación y la competencia, y 3) el estímulo dirigido a los más fuertes y podero­sos. Y los tres medios por él utilizados resultaron ser. 1) el sistema de las notas; 2) el método de los premios y castigos, y 3) el fomento del liderazgo de los «selec­tos».

Llegamos de este modo a lo que era el motivo más fomentado en la enseñan­za escolar: el miedo. «El miedo a las tentaciones, miedo al infierno, miedo al pe­cado, miedo a Dios, miedo al comunismo [ ... ] Había una especie de catastrofismo: un Dios tiránico y castigador, un infierno amenazante, una muerte cercana. Y en el orden político, una conjunción judeo‑masónica y un comunismo internacional dispuesto a hundir a España».

Sánchez Vázquez, Adolfo (1998): «Prólogo: entre la memoria y el olvido», El exilio literario español de 1939, vol. 1, Barcelona, GEXEL, p.23.




EL RACIONAMIENTO

La escasez de productos alimenticios que sufrió España tras la guerra civil fue quizás, por encima de cualquier otra carencia en los distintos sectores económicos, el asunto que más preocupó tanto a las autoridades como a la gran masa de la población, que soportó ya no sólo la poca cantidad de comida sino también la mala calidad de ésta. El hambre marcó hasta tal punto la vida de los españoles que incluso se ha llegado a hablar de «estómagos militarizados» y del sistema de racionamiento de alimentos como mecanismo de control político de la población [ ... ].

Pero si esta precariedad existió en todo el Estado español, fue mucho más intensa en las zonas no productoras, sobre todo en ciudades que, como Alicante, Barcelona o Madrid, no dispusieron de provincias que les suministrasen los alimentos básicos siquiera en cantidad mínima. Fue aquí donde más escaseó la comida, donde los alimentos no intervenidos subieron más sus precios y, sobre todo, donde fueron a parar buena parte de los productos básicos que eran comercializados en el mercado negro, [ ... ] en función de él, se intensificaron las diferencias entre las clases privilegiadas y menos favorecidas gracias al recurso del mercado negro.

Moreno Fonseret, Roque: (1990): «Racionamiento alimenticio y mercado negro en la postguerra alicantina», Guerra Civil y franquismo en Alicante, Alacant, Institut Juan Gil Albert, p. 121‑122.



EL DISCUTIDO «MILAGRO ESPAÑOL»

«… Es materia discutible el que el crecimiento (llamado el ‘milagro español’) fuera debido a la planificación indicativa. Sin duda, la aceptación de unos planes era preferible a la autarquía o a la persecución de objetivos frecuentemente arbitrarios y contradictorios. Por otra parte, la misma existencia del `plan’ sirvió de excusa al régimen para no llevar a cabo ni las más elementales reformas estructurales, que habrían perjudicado intereses establecidos. Se ha argüido incluso que el espectacular crecimiento económico de esta década tuvo lugar ‘a pesar’ de los planificadores, y que el verdadero motor del progreso de la economía fue el turismo, que proporcionó las divisas necesarias para pagar las importaciones de materias primas y de alimentos.»

J. HARRISON: Historia Económica de la España Contemporánea. Madrid, 1984.




EL PLAN DE ESTABILIZACIÓN

El plan de estabilización y liberalización de 1959 así la tercera gran etapa de la economía española durante el franquismo: la que abarca todo el decenio de los años sesenta y se prolonga hasta 1973.
Por lo que se refiere a los factores impulsores de los prósperos sesenta, nada nuevo cabe señalar. Como en 1951 y en 1957, la economía española va a mostrar, tras las medidas del verano de 1959 y de los meses posteriores, una extraordinaria capacidad de asimilación de las favorables condiciones del mercado internacional [ ... ] Y, el proceso de acumulación y crecimiento se va a ajustar, hasta el comienzo de los años sesenta, al esquema dominante en la escena de los países de la OCDE [ ... ] energía barata [ ... ];favorables precios relativos también de las materias primas y de los alimentos; ampliadas posibilidades de financiación exterior; adquisición de un mercado internacional expansivo de la tecnología [ ... ] y abundantes disponibilidades de una mano de obra (las dos grandes reservas son la población agraria y la población femenina.
           Epílogo un legado ambivalente en más de un sentido: durante los dos últimos largos decenios del franquismo, el crecimiento económico fue importante tanto en términos absolutos como en términos comparados con cualquier periodo precedente del proceso de industrialización; y sin embargo, no fue en absoluto excepcional en el mapa de las economías occidentales de la posguerra [ ... ] las transformaciones en la estructura productiva se hubieran realizado con menos costes sociales y también más consistentemente, sin dejar tantas junturas deficientemente soldadas como el impacto de la crisis de mediados de los años 70 pondrá de manifiesto. Sin olvidar, en todo caso, que el régimen franquista acababa imponiendo por su propia naturaleza y entidad límites insuperables para determinados cambios económicos institucionales (en el campo del sector público, en el de las relaciones laborales, en el sector exterior, entre otros).

García Delgado, J. L. (1992): El País. Extra del 3 de diciembre.